REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, quince (15) días del mes de Mayo del año dos mil catorce (2014).-
204º y 155º
Vista la Inhibición que cursa al folio número uno (01) del presente expediente, fechado el día Dos (02) de Mayo del año dos mil catorce (2014), formulada por la abogado Janilbet Coromoto Morales Bautista, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PERMUTA, seguido por el ciudadano JUAN FORTUNATO DOS SANTOS, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUARICO en la cual expuso:
“…Me INHIBO de conocer la presente causa incoada por el ciudadano: JUAN FORTUNATO DOS SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.296.136, apoderado Judicial Abogado NICOLAS RAFAEL LOPEZ GOMEZ, IPSA Nº 5.216, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUARICO, Expediente Nº 161-97, nomenclatura de este Juzgado, en virtud de encontrarme incursa dentro de la causal, prevista en el articulo 82 ordinal 17 y 18 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que por ante ese Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico se declaro con Lugar la incidencia de Inhibición Planteada en el Expediente Nº 7.287-13 (nomenclatura de eses Tribunal), de fecha diez (10) de octubre del año 2013, motivo por el cual considero que es procedente y solicito que así sea declarado por el Tribunal de alzada, no seguir conociendo de la presente solicitud.
Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,
Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,
Abg. Shirley M. Corro. B.
En esta misma fecha se remite al Juzgado de la causa en una (01) pieza constante de cuatro (04) folios útiles, mediante Oficio Nº ______.-
La Secretaria,
Exp. Nro. 7.377-14