REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, tres (3) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado JUAN MANUEL FERNÁNDEZ BREIDEMBACH, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 123.261, actuando en su carácter de apoderado judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, parte querellada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA por la ciudadana ANGELUCY FREDESBINDA TARAZONA CAMPOS, titular de la cédula de identidad número V- 8.680.591, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 56.293, debidamente asistida por los abogados NARCISO FRANCO y BÁRBARA CALDERÓN LA ROCHE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 21.656 y 69.597 respectivamente; y vista la diligencia de fecha 30 de octubre de 2014, suscrita por la abogada ZAYMARA BOHÓRQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 123.272, actuando en su carácter de apoderado judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, pasa este Órgano Jurisdiccional a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes:

I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLADA

A- De las pruebas documentales:

En relación a las pruebas documentales contenida en el escrito presentado por el abogado JUAN MANUEL FERNÁNDEZ BREIDEMBACH, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, este Tribunal la admite, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal o impertinente.-

B- De las pruebas de informes:

En lo atinente a las pruebas de informes promovida por el apoderado judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, mediante la cual solicita que sea librado oficio a los fines de solicitar informe a la oficina del BANCO BANESCO, BANCO UNIVERSAL, ubicada en la calle Guaicaipuro con avenida principal de las Mercedes, torre Banesco I, El Rosal, Caracas, sobre admite la prueba de informes salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal o impertinente, y acuerda librar oficio dirigido al ciudadano GERENTE DE LA OFICINA EL ROSAL DEL BANCO BANESCO, BANCO UNIVERSAL, a los fines que informe sobre los particulares contenidos en los capítulos III; IV y V del referido escrito de pruebas. Líbrese oficio acompañado de copia certificada del escrito de promoción de pruebas y del presente auto.-









DR. ALEJANDRO GÓMEZ
EL JUEZ


ABG. ANTHONY MARTÍNEZ
EL SECRETARIO ACC.


En esta misma fecha, se libró oficio número 14-1119, dando cumplimiento a lo ordenado.-



ABG. ANTHONY MARTÍNEZ
EL SECRETARIO ACC.
Exp. Nº 07390.-
AG/HP/Jahc:.