REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, once (11) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Vista la diligencia consignada en fecha 10 de noviembre de 2014 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Tribunal, por la abogada Ana TORTOLERO VELÁSQUEZ (INPREABOGADO Nº 9.915) actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MILAGRO DE LA CARIDAD BELIZARIO FLORES (Cédula de Identidad Nº 10.270.201), mediante el cual solicitó: “…la designación de la Experticia complementaria del fallo…”; este Juzgado Superior acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 451 del Código de Procedimiento Civil y fija a las dos (02:00 p.m.) del 2º día de despacho para que tenga lugar el acto de designación experto en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana MILAGRO DE LA CARIDAD BELIZARIO FLORES (Cédula de Identidad Nº 10.270.201), asistida de abogado, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO. Asimismo, ordena notificar a las partes del presente auto, y una vez conste en autos la última de las notificaciones libradas, comenzara a computarse el lapso para que tenga lugar el referido acto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 452 eiusdem. Líbrese oficio y boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario.
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS RERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2006-000012
RADZ/RJRF/mpgn