REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, once (11) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Vista la diligencia consignada en fecha 10 de noviembre de 2014 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Tribunal, por el abogado Juan BAUTISTA AGUIRRE NAVAS (INPREABOGADO Nº 8.049) actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GLENYS YOLANDA GONZÁLEZ DE GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nº 5.331.646), mediante el cual solicitó: “…se ordene la práctica de una Experticia Complementaria del fallo…”; este Juzgado Superior acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 451 del Código de Procedimiento Civil y fija a las dos (02:00 p.m.) del 2º día de despacho para que tenga lugar el acto de designación experto en la querella funcionarial interpuesta por el abogado Juan BAUTISTA AGUIRRE NAVAS (INPREABOGADO Nº 8.049) actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GLENYS YOLANDA GONZÁLEZ DE GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nº 5.331.646), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Asimismo, ordena notificar a las partes del presente auto, y una vez conste en autos la última de las notificaciones libradas, comenzara a computarse el lapso para que tenga lugar el referido acto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 452 eiusdem. Líbrese oficio y boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario.
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS RERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2007-000124
RADZ/RJRF/mpgn