REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Juzgado Superior, advierte que contra el fallo dictado en el presente asunto no se interpuso recurso alguno, por tanto se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abog. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2002-0000011
RADZ/RJRF/mpgn