En relación a la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada en fecha 16-09-2.014, por ciudadana Abogada NOHEMI ALAYON, inscrita en el IPSA bajo el Nro.- 156.436, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano RAMÓN ALEXANDER CONTRERAS ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.118.889, donde solicita junto a sus hermanos FRANKLIN CONTRERAS ALVAREZ y GLAUDOMI ALEUZENE CONTRERAS ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de Cedulas de Identidad Nros.- V- 13.853.382 y 13.858.668, en sus condiciones de herederos del De Cujus DOMINGO RAMÓN CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, quien fue titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.727.053, fallecido Ab-intestato en la ciudad de Caracas – Distrito Capital, en fecha 10-06-2.004, sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus arriba identificado.---------------------------
Este Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, en fecha de 08 de octubre de 2.014, promovidas por el solicitante, y visto asimismo el CARTEL DE EMPLAZAMIENTO, librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo ò indirecto, en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, tal como se dejó constancia en fecha 07-11-2.014.-------------------------------
El tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de únicos y universales herederos y en consecuencia, conforme a los autos a los ciudadanos RAMÓN ALEXANDER CONTRERAS ÁLVAREZ, FRANKLIN CONTRERAS ÁLVAREZ y GLAUDOMI ALEUZENE CONTRERAS ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad. Nro. V- 12.118.889, 13.853.382 y 13.858.668 como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus DOMINGO RAMON CONTRERAS, ampliamente identificado en autos.- Así se decide.- Devuélvase original de lo actuado al interesado.