REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas


DEMANDANTE: BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A., BANCO UNIVERSAL, identificada en el Registro de Información Fiscal bajo el N° J00072306-0, cuya última modificación de sus estatutos sociales quedó inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, el 30 de mayo de 2012, bajo el N° 27, Tomo 155-A-Sdo.


DEMANDADO: INVERSIONES MISTER CALZADO 2011, C.A., Rif Nº J-31026327-2, cuya última modificación de sus estatutos sociales quedó inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 21 de agosto de 2012, bajo el N° 1, Tomo 134-A, en su carácter de deudora principal, en la persona de su Director Principal, ciudadano FRANCISCO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-10.510.575, y a éste último en forma personal, en su carácter de avalista de las obligaciones asumidas por su representada.

APODERADO
DE LA PARTE
ACTORA: LIBARDO JAVIER AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 204.189.


MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES.


EXPEDIENTE Nº: AP31-V-2012-000558



Vista la diligencia de fecha 22 de octubre de 2014, presentada por el abogada LIBARDO JAVIER AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 204.189, mediante la cual consignó autorización otorgada por su representada para desistir, procediendo en base a los términos de dicha autorización a desistir del procedimiento. Al respecto, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, cumplidos como se encuentran los extremos legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara extinguida la instancia y se ordena el archivo definitivo de este expediente. Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los SEIS (6) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación. Así se declara.-
EL JUEZ TITULAR,

EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA.
En esta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Circuito Judicial, conforme lo dispone el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, devolviéndose igualmente los originales requeridos.
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA.
EJFR/LJS/juanC