REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de octubre de 2014.
Años: 204º y 155º

Por recibido el oficio Nº 2014-396, emanado del Tribunal Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez Dr. Eder Jesús Solarte Molina, en la cual informó a este Tribunal que declaró inadmisible la recusación planteada por el abogado Gonzalo Salíma Hernández, en contra de la Juez Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, este Tribunal ordena agregar el oficio a los autos a los fines legales consiguientes. De igual manera, en vista de la inadmisibilidad de la recusación antes planteada, este Tribunal ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que siga conociendo del presente recurso ordinario de apelación. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de octubre de 2014.
Años: 204º y 155º

OFICIO N°. 2014-A-
CIUDADANO:
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁRE METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a usted, con objeto de remitirle anexo al presente oficio, expediente N° AP71-R-2013-000730, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, del juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD seguida por la ciudadana MARÍA ALEXANDRA SUBERO DE ORTEGA, contra los ciudadanos JORGE LUIS ORTEGA SÁNCHEZ y MERY ELENA SÁNCHEZ, en virtud de la declaratoria de inadmisibilidad de la recusación planteada por el abogado Gonzalo Salíma Hernández, en contra del Tribunal a su digno cargo, decidido por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial en fecha 13.08.2014. el presente expediente se remite constante de dos (02) piezas: la primera pieza constante de trescientos cinco (305) folios útiles y la segunda constante de doscientos cuarenta y cuatro (244) folios útiles.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VJGJ/edward.
EXP Nº AP71-R-2013-000730