REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º


Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº 2014-0719 proveniente de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2753, de fecha 30 de septiembre de 2014, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado Gabriel FERNÁNDEZ BAEZ (INPREABOGADO Nº 110.935), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ENRIQUE BRITO MÉNDEZ (Cédula de Identidad Nº 8.496.618) contra el CONSEJO DICIPLINARIO DE LA REGIÓN LOS LLANOS DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Sala en fecha 29 de julio de 2014, la cual declaró “…1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la solicitud oficiosa de regulación de competencia planteada (…) 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido…”. (Negrillas y mayúsculas del texto). Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMIN



Exp. Nº JP41-G-2012-000044
RADZ/RJRF/ojgj