REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 02 de octubre de 2014 mediante la cual la abogada ANGIE DAYANNIC RIOS ANDREA (INPREABOGADO Nº 225.415), actuando en su nombre solicitó: “…Se me expida copia certificada de los siguientes folios, del folio 01 al folio 27 inclusive y del folio 201 al 206 inclusive, de la presente diligencia y del auto que las provea…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA la certificación de los mencionados folios por cuanto consta en originales, de la diligencia que la solicita y del presente auto, previa consignación de los fotostatos necesarios.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN.




Exp. Nº JE41-G-2011-000038
RADZ/RJRF/ojgj