REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso de abocamiento, este Tribunal, advierte que en fecha 08 de agosto de 2014 el abogado Adolfo Julio MOLINA BRIZUELA (INPREABOGADO Nº 86.354), actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JOHANA AUXILIADORA TEZARA GIL (Cédula de Identidad Nº 11.122.277), consignó mediante diligencia los fotostatos necesarios para cumplir con la notificación del ciudadano GOBERNADOR DEL ESTADO GUÁRICO, así como también la citación del ciudadano PROCURADOR GENERAL del referido estado, este Juzgado ordena librar los oficios respectivos.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN.




Exp. Nº JP41-G-2014-000058
RADZ/RJRF/ojgj