REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.
San Juan de los Morros, 29 de Octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2006-003282
ASUNTO : JP01-P-2006-003282
Revisado el Presente asunto JP01-P-2006-003282 que se lleva al penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad N ° V- 7.256.769, venezolano, natural de la Villa de Cura, Estado Aragua, nacido en fecha 27-07-1956, de 58 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, Hijo de Rosa Matilde Landaeta y de Pablo Esaa., residenciado en Villa de Cura, por donde está la manga de coleo, Estado Aragua, quien fue sentenciado a cumplir la pena de DOCE (12) años de Prisión, más las penas accesorias de ley por ser autor Responsable en la comisión de Homicidio, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, para decidir este tribunal primero de ejecución, este Tribunal de la revisión exhaustiva realizada a la presente actuación observa:
PRIMERO: En fecha 21 de Octubre de 2013 en Decisión que riela desde el folio 32 al folio 36 de la pieza Nº 7 del asunto JP01-P-2006-003282 este Tribunal Primero de Ejecución instalado en la Penitenciaría General de Venezuela llevándose a cabo la jornada Penitenciaria Nacional “ Cayapa Judicial Guarico 2013 “ le Concedió al penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad Nº V-7.256.769, Mediad Humanitaria contemplada en el articulo 491 del Código Orgánico Procesal Penal, en donde se decidió que el penado ut supara mencionado Tendría su residencia en la fundación cristiana evangélica sabiduría, inteligencia, y Trabajo Hogares de rehabilitación “ la Vida Nueva con Cristo “, Ubicada en la colonia Agrícola Guayabita, sector Las tejerías, callejón >casa amarilla, parcela Numero 89, Turmero, estado Aragua , y que cuando lo dispusiera podría trasladarse cuando lo amerite al Hospital General “ Dr Israel Ranuarez Balza “ .
SEGUNDO : Por comunicación procedente de la Unidad Técnica de supervisión y Orientación Nº 05 de la Región Central de San Juan de los Morros, Estado Guárico, signado bajo MPPSP/ UTSO Nº 05/2013 328 de fecha 07 de Noviembre de 2013 inserta en el filo 46 de la pieza Nº 7 del asunto in comento se designó a la ciudadana Abogada Nisdy Méndez como Delegada de Prueba, quien se encargará de Supervisar y Orientar el régimen De prueba impuesta la Penado.
TERCERO : En fecha 3 de julio, se recibe escrito identificado bajo la nomenclatura PPSP/ UTSON° 05/2014 235 procedente de la Unidad Técnica de supervisión y Orientación suscrita por la Delegada de Prueba I Abog: Nisdy Méndez, quien manifiesta que el penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad Nº V-7.256.769, se encuentra evadido, por cuanto el mismo no se ha presentado hasta la fecha al cumplimiento con la Formula Alternativa de cumplimiento de pena denominado Libertad condicional por Medida humanitaria, aun cuando se le ha enviado los respectivos telegramas a la dirección de residencia que registra el mencionado penado.
CUARTO : El día 8 de septiembre de 2014 este Tribunal Primero de Ejecución decide solicitar información a la Fundación Cristiana Evangélica Sabiduría, Inteligencia, y Trabajo Hogares de Rehabilitación “ la Vida Nueva con Cristo “, Ubicada en la colonia Agrícola Guayabita, sector Las tejerías, callejón casa amarilla, parcela Numero 89, Turmero, estado Aragua para que Informara sobre el penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad N ° V- 7.256.769, sin que hasta el día de hoy la mencionada Fundación haya aportado datos sobre el penado mencionado.
En vista de la situación presentada es por ello que, quien aquí decide Cita para el día 19 de Noviembre de 2014 al penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad N ° V- 7.256.769, para que explique su situación al no comparecer a los actos fijados por la Delegada de Pruebas, por ello se comisiona a la Policía Regional del Estado Aragua, Sede Turmero para que realice la citación al penado mencionado ut supra, fundamentado en el articulo 168 del Código Orgánico Procesal Penal. y así se Decide.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico-Sede San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE : PRIMERO : Citar al penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad N ° V- 7.256.769, venezolano, natural de la villa de cura, Estado Aragua, nacido en fecha 27-07-1956, de 58 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, Hijo de Rosa Matilde Landaeta y de Pablo Esaa., residenciado en Villa de Cura, por donde está la manga de coleo, Estado Aragua, a la sede del tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros para que explique su incomparecencia ante la Delegada de Pruebas, que se le asignó. SEGUNDO : se Comisiona a la Policía Regional del Estado Aragua para realice la entrega de la Citación al penado Pablo Emilio Landaeta, titular de la cedula de identidad N ° V- 7.256.769, en la Fundación Cristiana Evangélica Sabiduría, Inteligencia, y Trabajo Hogares de Rehabilitación “ la Vida Nueva con Cristo “, Ubicada en la colonia Agrícola Guayabita, Sector Las tejerías, Callejón Casa Amarilla, Parcela Numero 89, Turmero, Estado Aragua. Notifíquese de la Citación al penado. Notifíquese al Fiscal Noveno del Ministerio Público y a la Defensa Pública Penal. Ofíciese lo conducente. Publíquese, Regístrese. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución La Secretaria
Detman Mirabal Arismendi Abog. Maria Armas