REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Veintiséis (26) días del mes de Septiembre del año dos mil catorce (2014).-
204º y 155º

Vista la Inhibición que cursa al folio número nueve (09) del presente expediente, fechado el día catorce (14) de Agosto del año dos mil catorce (2014), formulada por el abogado Nicolás Rafael López Gómez, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por la ciudadana ANA ISABEL TORREALBA DE PEREZ Y OTROS, en contra de GUSTAVO ADOLFO RODRIGUEZ en la cual expuso:

“..Me inhibo de seguir conociendo de la presente causa, por cuanto el demandado ciudadano GUSTAVO ADOLFO RODRIGUEZ MEDINA, según escrito presentado en fecha 11 de agosto de 2014, solicitó que se ordene la suspensión de la presente causa en razón de que se ocupa el bien objeto del presente juicio como vivienda principal, conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, sin embargo, de una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente expediente, se puede observar que en fecha 16 de Junio del año 2008, actuando como Juez Accidental del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, suscribí junto a los jueces asociados sentencia en la presente causa, en consecuencia, por haber emitido opinión sobre el fondo procedo a INHIBIRME con fundamento en el Articulo 82 numeral 15 del Código de Procedimiento Civil, por la cual solicito que la misma sea declara con lugar”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,


Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,


Abg. Shirley M. Corro. B.

En esta misma fecha se remite al Juzgado de la causa en una (01) pieza constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio Nº ______.-

La Secretaria,