REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico.
San Juan de los Morros, 10 de Septiembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2013-003443
ASUNTO : JJ01-P-2013-003443

PENADO: JOSE MIGUEL LANDAETA BRETO

DECISIÓN: REMISION DE INFORMACION

Quien suscribe, abogado Detman Mirabal Arismendi, juez del Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones de Ejecución del Estado Guarico se ABOCA al conocimiento del presente asunto de conformidad a lo establecido en el artículo 49.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en tal razón :
DE LA SOLICITUD DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACION, MIGRACION Y EXTRANJERIA (SAIME)

Cursa Escrito del departamento de Antecedentes Penales, suscrita por la Jefa Encarga de dicha departamento la ciudadana Nelly Nieto inserto en la pieza Nº 02 en el folio Ciento Cincuenta y Siete (157), de las actuaciones complementarias del presente asunto penal, oficio Nº 14-117 de fecha 17 de Julio de 2014 en donde se expresa lo siguiente : “…(omissis)… Me dirijo a usted en la oportunidad de dar respuesta a su Oficio Nº 891/2014 de fecha 25/04/2014, donde informa sobre el auto de ejecución sin detenido, correspondiente a los ciudadanos (sic) JOSE MIGUEL LANDAETA BRETO, titular de la Cedula de identidad Nº V-15.860.900, quien habría sido sentenciado a cumplir la pena de dos (2) años, seis (6) meses y dieciséis (16) horas de presidio. En este sentido, es necesario que nos informe sobre los datos completos del precitado ciudadano, es decir; indicar el delito y remitir la sentencia a objeto de proceder como corresponde administrativamente…(omissis) “
DE LO ESTIMADO POR EL TRIBUNAL

Al ser revisadas las actas que conforman el expediente que lleva como asunto principal JP01-P-2013-003443, se hace constancia que riela desde el folio Cuarenta Y cinco (45) al folio Cuarenta y Nueve (49) de la pieza Nº 2 del asunto principal, que el penado José Miguel Landaeta Breto, titular de la cedula de identidad Nº 15.860.990 admitió los hechos que argumentó la representación fiscal en su escrito de acusación, siendo condenado al cumplimiento de la pena de Dos (2) Años , Seis Meses, Nueve (9) Días y Dieciséis (16) de Presidio , más las penas accesorias del articulo 13 del código penal venezolano, todo conforme a lo dispuestos en los artículos 37,74.4 y 87 del Código penal Venezolano y el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.

Vistas las actas, Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Declara con Lugar la Solicitud del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería( SAIME ) en remitirle los datos completos del mencionado penado y la sentencia en copias certificadas. Así Se Decide

DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se Envía Copia Certificada de la Sentencia por Admisión de hechos inserta en el Cuarenta y Cinco (45) al folio Cuarenta y Nueve (49) de la pieza Nº 2 del asunto Nº JP01-P-2013-003443 que se le lleva al Penado José Miguel Landaeta Breto, Venezolano, titular de la cedula de identidad, natural de valencia, estado Carabobo, nacido el día 10-02-1983, de 31 años de edad, soltero, e profesión u oficio Funcionario Policial de la Policía del Municipio José Tadeo Monagas, Estado Guárico, hijo de Gilda de Landaeta y de Armando Landaeta (v), residenciado en la calle Nº 02, sector el Peñón, casa sin numero, Paura I, Municipio José Tadeo Monagas, Altagracia de Orituco, Estado Guárico al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería ( SAIME ) ubicado en la Avenida Baralt, edificio 1000, Distrito Capital, Caracas. ASI SE DECIDE.
Regístrese y publíquese lo decidido. Notifique de la presente decisión a la CIUDADANA Nelly Nieto, Jefa del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) ubicado en la Avenida Baralt, edificio 1000, Distrito Capital, Caracas.
CÚMPLASE.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
Abg. DETMAN MIRABAL ARISMENDI
LA SECRETARIA

Abg. MARIA ELENA HERNANDEZ