REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, veinticuatro de septiembre de 2014.-
204º y 155º
PARTE DEMANDANTE: CLEXIS DEL VALLE MARCHENA HIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.920.224 , y de este domicilio.
PARTE DEMANDANTE: ANGEL RAFAEL RUIZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 8.794.915, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO.-
EXPEDIENTE Nº: 18.955

En el día de hoy veinticuatro (24) de septiembre de 2014, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el acto de contestación de la demanda en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, en forma alguna ni por si ni por medio de apoderado; ni la parte demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
El Juez…………………………………………………………………………………………Dr. José A. Bermejo.-------------------------------------------------------------La Secretaria

CERTIFICACION: Que la copia que antecede es fiel y exacta de su original y la misma se expide por orden de este Tribunal en Valle de la Pascua a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año 2014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
La Secretaria


Exp. Nº 18.955
JB/dd