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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua,  veinticuatro de septiembre  de 2014.-
 204º y 155º
 PARTE DEMANDANTE:  ERAMOS DE JESUS BOLIVAR LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.951.991, y de este domicilio.
 PARTE DEMANDANTE: ANTONIA DEL CARMEN MARRERO DE BOLIVAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº  8.550.683, y de este domicilio.
 MOTIVO: DIVORCIO.-
 EXPEDIENTE Nº: 18.960
 
 En el día de hoy veinticuatro (24) de  septiembre de 2014, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el acto de contestación de la demanda  en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, en forma alguna ni por si ni por medio de apoderado; ni la parte demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil Vigente.  Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
 El Juez………………………………………………………………………………………..Dr. José A. Bermejo.------------------------------------------------------------La Secretaria
 CERTIFICACION: Que la copia que antecede es fiel y exacta de su original y la misma se expide por orden de este Tribunal en Valle de la Pascua  a los veinticuatro dias del mes de septiembre del año 2014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
 La Secretaria
 
 
 
 Exp. Nº 18.960
 JB/dd
 
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