REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015)
204º y 156º

Visto que en fecha quince 15 de este mismo mes y año, la representación judicial del órgano querellado mediante escrito consignó, copias certificada del procedimiento disciplinario del querellante, este Juzgado, ordena agregar a los autos y abrir el respectivo cuaderno separado.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES





Exp. Nº JP41-G-2015-000012
RADZ/GCMM/ojgj