REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de abril de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Visto el volumen de causas en estado de sentencia que cursan ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal DIFIERE la oportunidad para sentenciar por un lapso de treinta (30) días continuos.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-G-2014-000108
RADZ/GCMM/ojgj