REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015)
205º y 156º
Vista la consignación de fecha 18 de febrero de 2015 realizada por el ciudadano HÉCTOR AMIN, en su carácter de Alguacil del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, mediante la cual consignó las boletas de notificaciones Nros JE41BOL2013000266 y JE41BOL2013000267 dirigidas a los ciudadanos ARELYS RAQUEL ÁLVAREZ y ANTONIO JOSÉ HERNÁNDEZ ROJAS (Cédulas de Identidad Nros 12.635.344 y 5.619.481), y expuso: “…Dejo constancia que en fecha 13 del presente mes y año en curso, siendo aproximadamente las ocho de la mañana (8.00 a.m) me traslade a la siguiente dirección: calle López Aveledo, Centro Profesional Plaza, piso 10, oficina 10-R, Urb. Calicanto, Maracay, Municipio Girardot, Edo. Aragua, con la finalidad de notificar a los ciudadanos (…) encontrando la oficina cerrada, de igual forma procedí a dejar una boleta de notificación en la puerta del inmueble, de conformidad con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil…”, no obstante se evidencia que la nota de consignación no fue suscrita por la secretaria del referido Tribunal, razón por la cual, se ordena librar nuevas boletas de notificaciones dirigidas a los mencionados ciudadanos a través de la publicación en la cartelera de este Juzgado. Líbrense boletas.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2007-000084
RADZ/GCMM /ojgj