REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de abril de dos mil quince (2015)
204º y 156º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que mediante sentencia de fecha 04 de octubre de 2005, el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano SERGIO JOSÉ MORILLO (Cédula de Identidad Nº 13.820.393), asistido de abogados, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO). Se advierte que contra el fallo dictado en el presente asunto no se interpuso recurso alguno, por tanto, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JE41-G-2004-000030
RADZ/GCMM/ojgj