REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.

TUCUPIDO, 10 DE ABRIL DE 2015.

204º Y 155º

Vista la proposición hecha por el Ciudadano: LUIS ALEXANDER MACHADO ROJAS, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: MARIANA DEL CARMEN CHEREMO BARRADEZ, , insertado en el folio 24, donde se estableció para sus niños, depositara en la cuenta de ahorro que aperturara la madre como representante, en el Banco Bicentenario, Sucursal Tucupido, la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2000,00 Bs.), mensual en Cesta Tickets, según tarjeta de alimentación N° 6281151908782871, y la cantidad de MIL BOLIVARES (1000,00Bs.), semanal, que equivale a CUATRO MIL BOLIVARES (4000,00Bs.), mensual a mis niños, de manutención, más la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (200,00Bs.), semanal; cuando el niño xxxxxxxxxxxxx, asista al colegio; lo correspondiente a la época escolar 50% previa justificación de inscripción, lista de útiles y uniformes escolar, época decembrina en 100%, médico y medicinas cuando se amerite, tienen seguro HCM, la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (150,00 Bs.), la hora de terapia asistida con el Psicopedagogo, y se deje constancia que los niños comparta con el padre cada 21 días que esta en esta localidad, en vacaciones, igualmente compartir con la familia paterna previa autorización de la representante de los niños; en consecuencia EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, y se acuerda librar oficio al Gerente del Banco Bicentenario, aperture cuenta de ahorro a nombre de ella, el cual serà movilizada y maneja por la Ciudadana MARIANA DEL CARMEN CHEREMO BARRADEZ.- Provéase lo conducente.-
La Jueza Provisoria;

Abg. Rosa Virginia Anzola Páez.-
El Secretario Accidental;

Abg. Joan Martin Herrera.-

En la misma fecha, Con Oficio N° , se diò cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
El Secretario Accidental;

Abg. Joan Martin Herrera.-


Exp. N° 1.545-2015.
RVAP/JMH/mildred.-