REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de agosto de dos mil quince (2015)
205º y 156º


Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2013-000374 proveniente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2015-4585, de fecha 09 de julio de 2015, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana NERY SIERRA PEÑALVER (Cédula de Identidad Nº 3.615.865), asistida de abogado, contra la Alcaldía del Municipio San José de Guaribe del entonces estado Guárico, hoy ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUARIBE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha 26 de enero de 2015, la cual declaró “…1. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Miguel DEL CORRAL GUAZH, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre. 2. FIRME el fallo apelado…” (Negrillas y mayúsculas del texto). Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2005-000087
RJRF/GCMM