En fecha 14 de Julio del año 2015, los ciudadanos: APONTE DE GARCIA ROSA MARIA y GARCIA AULAR TEODORO ALEXI, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.177.294 y V-2.513.435, casados, de este domicilio, hábiles legalmente, respectivamente; asistidos por el abogado Augusto Esteban Garbi Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 156.887, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados.