REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de diciembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Vista la diligencia de fecha 30 de noviembre de 2015, mediante la cual la abogada María Luisa MATHEUS SALAZAR (INPREABOGADO Nº 94.497), actuando en su carácter de apoderada judicial del órgano accionado, apeló de la sentencia Nº PJ0102015000162, dictada por este Juzgado el 28 de octubre de 2015, en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JHON FORD SALDEÑO PADILLA (Cédula de Identidad Nº 14.147.232), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2015-000047
RADZ/GCMM/datr