REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de noviembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º


Vista la consignación de fecha 01 de diciembre de 2015 por el ciudadano Luís Caggi, en su carácter de Alguacil de este Juzgado Superior, mediante la cual consignó boleta de notificación Nº JE41BOL2015000265 dirigida al ciudadano EDUARDO JOSÉ GUZMÁN TOLEDO (Cédula de Identidad Nº 15.393.695), y expuso: “…Hago constar que en fecha treinta (30) de noviembre siendo las 10:15 a.m. de dos mil quince (2015), en la sede de este Tribunal me entreviste con el Abg. Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), a los fines de notificar boleta dirigida al ciudadano EDUARDO JOSÉ GUZMÁN TOLEDO (Cédula de Identidad Nº 15.393.695; no obstante me manifestó que aun cuando el domicilio procesal indicado en el libelo corresponde a la dirección de su oficina, no tiene poder para representar al querellante”. advierte este Tribunal que la notificación resultó infructuosa, en virtud de ello se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta de notificación en la cartelera de este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.

El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2015-000009
RADZ/GCMM