REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 1 de Diciembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-003826
ASUNTO : JP01-P-20108-003826

JUEZ : DETMAN MIRABAL ARISMENDI
SECRETARIO : JESUS BORREGO TOVAR
SOBRESEIDO : ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, venezolano, Titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650, natural de san Juan de Los morros, Estado Guárico, nacido en fecha 01-01-1963, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio constructor, hijo de Emma Narea (f) y de José Rodríguez ( F), domiciliado en el barrio Las palmas, calle palmarito, Nº 44, san Juan de Los Morros, Estado Guárico
DELITO : HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES,; previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal Venezolano Vigente para el Momento en que ocurrieron los hechos
VICTIMA : JORDAN MAGDIER CARVALAL TAPIQUEN


RESOLUCIÓN: EXAMEN MEDICO PSIQUIATRICO

Quien suscribe, asume el conocimiento del presente asunto a los fines de emitir el pronunciamiento que corresponda y conforme a la competencia atribuida en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, procede en concordancia con lo dispuesto en los artículos 472,501,502 y 503 ejusdem, a practicar la medida se seguridad impuesta de la en los siguientes términos:
Vista la Decisión del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros, de fecha 05 de Agosto de 2009 ( que riela desde el folio 36 al folio 38 de la pieza Nº 2 del asunto penal ), y publicada el día 11 de agosto de 2009 ( que riela desde el folio 42 al folio 46 de al pieza Nº 2 del asunto penal), en donde el mencionado Tribunal Cuarto de Control a solicitud de la Representación Fiscal en el desarrollo de la audiencia Preliminar argumentó basado en el Examen Médico Psiquiátrico Nº 9700-137-A- 000484, de fecha 11 de junio de 2009, suscritos por el Doctor Osiel David Jiménez, Psiquiatra Forense y la Licenciada Juan Inés Azparren, Psicóloga Clínica Forense, ambos del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas ( que riela desde el folio 20 al folio 22 de la pieza Nº 2 del asunto penal ) realizado al ciudadano ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650, en donde se concluyó que éste Padece de Esquizofrenia Paranoide, la cual consiste en una patología mental de carácter crónico que causa desorganización del pensamiento, ocasionándole una o más realidades paralelas, con alucinaciones visuales y auditivas capaces de inducir ordenes y conductas a ejecutar, siendo emocionalmente inestable, impulsivo, con tendencia a interpretar de manera negativa las actuaciones de los otros, socialmente se le dificulta establecer y mantener relaciones interpersonales satisfactorias, Siendo Estos Motivos suficientes para Que el Ciudadano ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650,le fuera sobreseída la causa fundamentado de conformidad con el articulo 318 ordinal 2° en concordancia con el articulo 330 ordinal 3°, ambos artículos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente para el Momento en que ocurrieron los hechos.
Así Las cosas este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Estado Guárico- sede San Juan de los Morros, después de haber realizado una Revisión Minuciosa del Presente asunto penal Solicita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Dirección de evaluación y Diagnostico Mental Forense, Ubicado en Colinas de Bello Monte, Avenida Neverí, Frente a la Plaza Auyantepuy- Caracas, Distrito Capital, le realice al ciudadano ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650, Examen Médico Psiquiátrico para determinar su estado mental actual , y quien se encuentra Recluido en el Sanatorio Mental “ la Paz”, Ubicado en Carrizal, Estado Miranda, estimando este tribunal lo Contemplado en el articulo 503 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Así se Decide

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal del estado Guárico , con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se le solicita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Dirección de evaluación y Diagnostico Mental Forense, Ubicado en Colinas de Bello Monte, Avenida Neverí, Frente a la Plaza Auyantepuy- Caracas, Distrito Capital, le realice Examen Médico Psiquiátrico al Ciudadano ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, venezolano, Titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650, natural de san Juan de Los morros, Estado Guárico, nacido en fecha 01-01-1963, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio constructor, hijo de Emma Narea (f) y de José Rodríguez ( F), domiciliado en el barrio Las palmas, calle palmarito, Nº 44, san Juan de Los Morros, Estado Guárico, y quien se encuentra recluido en el Sanatorio Mental “ la Paz”, Ubicado en Carrizal, Estado Miranda, estimando este tribunal lo Contemplado en el articulo 503 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Publíquese y regístrese lo decidido. Particípese lo conducente al Ciudadano ANTONIO JOSE RODRIGUEZ NAREA, Titular de la cédula de identidad Nº V- 8.785.650. Al sanatorio Mental “ La Paz “, Ubicado en Carrizal, Estado Miranda. a la ciudadana Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico y a la Defensa. Ofíciese a la Dirección de evaluación y Diagnostico Mental Forense, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Cúmplase.-





EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÒN, EL SECRETARIO

ABG. DETMAN MIRABAL ARISMENDI ABG. JESUS BORREGO TOVAR