REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 21 de octubre de 2014 mediante la cual el abogado Juan REYES LOZANO (INPREABOGADO Nº 45.387), en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EURYS KORINA MARCANO SALAZAR (Cédula de Identidad Nº 17.433.643), apeló de la sentencia Nº PJ0102014000113 dictada por este Juzgado en fecha 19 de septiembre de 2014 que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial que interpusiera el mencionado abogado, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y ordena notificar a las partes, que una vez conste en auto la última de las notificaciones remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta y oficios respectivos.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Temporal,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. JE41-G-2009-000026
RADZ/GCMM/mpgn