REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Juzgado Superior advierte que contra el fallo dictado en el presente asunto en fecha 13 de mayo de 2014 mediante el cual se declaró SIN LUGAR la presente causa, la parte querellante interpuso recurso de apelación, el cual se declaró extemporáneo por tardío en virtud del cómputo practicado por secretaría, en virtud de lo cual se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Temporal,



Abg. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES.




Exp. Nº JP41-G-2013-000023
RADZ/GCMM/mpgn