REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecinueve (19) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º


Vista la diligencia consignada por la abogada Yélidex del Carmen RODRÍGUEZ (INPREABOGADO Nº 24.988), actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual expuso:“…por cuanto hasta la presente fecha, no ha llegado las resultas de la comisión ordenada al Juzgado de Municipio de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se notificara al Procurador General de la República y al Presidente a Inpsasel, es por lo que solicito muy respetuosamente se anule y deje sin efecto la referida comisión y se libre nueva comisión, designándome correo especial a fin de que ésta llegue sin contratiempo alguno a su destino…” (sic). Este Juzgado acuerda de conformidad con lo solicitado y nombra como correo especial a la abogada antes mencionada a los efectos de que entregue la comisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como traer sus resultas, para lo cual deberá proveer los fotostatos necesarios a los fines de que este Tribunal libre los oficios y comisión correspondiente.
En virtud de lo anterior, se anulan los oficios Nº JE41OFO2013001377, Nº JE41OFO2013001378 y JE41OFO2013001380, dirigidos al Procurador General de la República, al Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral y al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y se acuerda su consignación en el sistema Juris 2000.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La/…

/… Secretaria Temporal,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2011-000044
RADZ/GCMM/mpgn