REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecinueve (19) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente asunto, se advierte que en fecha 16 de diciembre de 2014 el ciudadano Nelson Ysrael ESCALONA DÍAZ (Cédula de Identidad Nº 11.124.622), actuando en su carácter de Director del Instituto Autónomo de la Policía Administrativa y del Tránsito del Municipio Juan Germán Roscio del estado Guárico, otorgó poder Apuc Acta (folios 38 y 39 del expediente) al Abogado Yunio Rafael CEBALLOS PINTO (INPREABOGADO Nº 55.600). No obstante, en fecha 15 de diciembre de 2014 este Tribunal ordenó la apertura del cuaderno separado para tramitar la articulación probatoria, por tanto, se ordena agregar copia certificada de los referidos folios en el cuaderno separado.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Temporal,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2014-000104
RADZ/GCMM/ojgj