REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º


Vista la diligencia de fecha 15 de enero de 2015, mediante la cual la representación del órgano accionado expuso: “…a los fines de consignar DECRETO NÚMERO 07, publicado en la GACETA OFICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fecha 02 de enero del 2015, Gaceta Extraordinaria Nº 4, todo ello con el objeto de que provean los efectos legales pertinentes (…) en el presente decreto, se establece la NULIDAD ABSOLUTA DEL RESUELTO Nro. 03, de fecha 16 de enero del 2008, publicado en la GACETA OFICIAL(…) según decreto Nº 4.254 de la misma fecha, mediante el cual se le otorgo el beneficio de jubilación al ciudadano FRANK REINALDO, HERNÁNDEZ (…) todo ello, con el propósito de que se dé por terminada la causa …” (sic), (Subrayado, Mayúsculas y Negrillas del Texto), en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano FRANK REINALDO HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 9.885.077), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO). Este Tribunal, en virtud de lo anterior ordena notificar al querellante, a los fines de que exponga dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a partir que conste en autos su notificación, lo que a bien tenga decir. Líbrese boleta
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Temporal,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. JP41-G-2014-000011
RADZ/GCMM/mpgn