REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

Revisadas como han sido las actas de presente expediente, se advierte que en el auto de abocamiento de fecha 29 de octubre de 2014, se ordenó la notificación de las partes, y por cuanto en esa misma fecha no se libró en su oportunidad la notificación al Procurador General de la República, líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2014-000027
RADZ/GCMM/ojgj