REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

Vista la diligencia consignada por el ciudadano LUÍS EDGARDO CALCURIAN ORTEGA (Cédula de Identidad Nº 15.549.805), actuando en su carácter de representante legal de la IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA PENTECOSTAL PENIEL, asistido de abogada, en fecha 23 de este mismo mes y año, mediante la cual se da por notificado de la sentencia Nº PJ0102014000164 de fecha 17 de diciembre de 2014 que declaró HOMOLOGADO el desistimiento, en el recurso de nulidad que interpusiera el mencionado ciudadano. En relación a lo anterior este Juzgado advierte que el 15 de este mismo mes y año se libró la notificación ordenada en el referido fallo y además se libró comisión dirigida al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico a los fines de que practicase la notificación de la parte recurrente. Razón por la cual, ya que la parte actora se dio por notificada, así se entiende.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2014-000063
RADZ/GCMM/ojgj