REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintinueve (29) de enero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

Vista la diligencia consignada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior, en fecha 28 de enero de 2015 mediante la cual el abogado Juan Bautista AGUIRRE NAVAS (INPREABOGADO Nº 8.049), actuando en su carácter de apoderado judicial de la querellante, manifestó apelar de la Sentencia Nº PJ0102014000153 dictada el 21 de noviembre de 2014, este Tribunal, visto que aún no constan las notificaciones del aludido fallo, se abstiene de pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso ejercido y se pronunciará al respecto una vez conste en autos la última de las referidas notificaciones.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2011-000038
RADZ/GCMM/mpgn