REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Tucupido, 09 de enero de 2.015.-
204° Y 155°

El Tribunal en virtud de la diligencia presentada ante este Despacho por la ciudadana: JOSEFINA DANGELO, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 34.420, actuando como apoderada Judicial del Ciudadano ARMANDO JOSE GARCIA RIVA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-836.546, donde Desiste del procedimiento en la presente causa, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, así mismo se acuerda previa certificación por secretaria la devolución de los originales consignados.- Se acuerda remitir en su oportunidad al Archivo Inactivo.- Provéase lo conducente.-
La Jueza Provisoria;
Abg. Rosa Virginia Anzola Páez.-

La Secretaria Titular;

Abg. Ambar Karina Carrizo.-

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria Titular;

Abg. Ambar Karina Carrizo.-


Exp. Nº 1.526-2014.-
RVAP/Joan.-