N° DE EXPEDIENTE: JP51-L-2013-000102


PARTE ACTORA: EDGARDO JOSE BITTAR GALVIZ, JESUS ANTONIO HERNANDEZ, OSWUALD ANTONIO HERNANDEZ CONTRERAS y MARIA ANGELY VILLANUEVA NAVAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAMON ALBERTO VASQUEZ BRICEÑO, PEDRO ALEJANDRO RAMOS RODRIGUEZ, KARLA ANDREINA PEREZ, ALEXIS ALEJANDRO ZAMBRANO CASTILLO.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VANESSA CARMELA OCHOA SILVA, ONELLA PADRON, JUAN QUINTANA Y RENE JAVIER RIVERO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.

En el día hábil de hoy veinte de enero de dos mil quince, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación Audiencia Preliminar en el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que la parte coactora Ciudadanos: EDGARDO JOSE BITTAR GALVIZ, JESUS ANTONIO HERNANDEZ, OSWUALD ANTONIO HERNANDEZ CONTRERAS y MARIA ANGELY VILLANUEVA NAVAS, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cedula de identidad Nº 15.371.471, 8.554.620, 18.828.765 y 19.382.625, no comparecieron no por si ni por medio de apoderado judicial alguno, a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar. Asimismo se deja constancia de la asistencia de la parte demandada, CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A., debidamente representada por la profesional del derecho ONELLA PADRON, debidamente inscrita en el I.P.S.A. Nº 107.707, segùn poder que es agregado en este acto, anexo marcado letra “A”. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución del Trabajo, sede Valle de la Pascua, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de Dios todo Poderoso, de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. La parte demandada solicita la entrega del legajo de pruebas que reposa en esta Coordinación Judicial, lo cual se acuerda entregar en este mismo acto. Y asi se resuelve. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION y DEJESE COPIA. Años 155 ° y 204 °.

La Jueza Titular,


Abg. Maria Milagros Salazar


Apoderada Judicial de la Parte Demandada

La Secretaria

En esta misma fecha se publico la presente decisión y se dejo la copia autorizada,
Secretaria,