REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

Valle de Pascua, 26 de Enero de 2015.
204° y 155°
Expediente N° 2014-4426.

Visto el DESISTIMIENTO de la Acción y del Procedimiento efectuado mediante diligencia de fecha 12 de Noviembre de 2014 (folio 27) por la ciudadana Abogada: ELISA IROBA CORREA, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, y por cuanto no es contrario a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil vigente, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado dicho DESISTIMIENTO del Procedimiento y de la Acción, imparte su homologación.- Asimismo solicitó la devolución de los documentos originales por diligencia de fecha 12 de Noviembre folio(28), que cursan a los folios 06, 07, 08, 09, 10 , 11 , 12 y 13, ambos inclusive, del presente Expediente.- En consecuencia, se provee de conformidad y se ordena devolver los documentos originales solicitados, previa certificación en autos.- Igualmente se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez,

JOSE LA CRUZ U.
La Secretaria,

ABG. JOHANES J. DIAZ.

Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 26 de Enero de 2015, siendo las 2:00 horas de la tarde y se archivo el presente expediente constante de Veintinueve (29) folios útiles, désele salida.-Conste.-
La Secretaria.

ABG. JOHANES J. DIAZ.


Exp Nº 2014-4426.
JLACU/JJD/LLL.-