REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

Visto el cómputo practicado por secretaría en virtud del recurso de apelación ejercido por la parte actora, este Juzgado advierte que desde la fecha de la publicación del la sentencia (28 de enero de 2015 exclusive), hasta la fecha de la interposición del referido recurso (09 de febrero de 2015 inclusive), transcurrieron seis (06) días de despacho, en virtud de lo cual atendiendo a lo establecido 87 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal declara Extemporánea por Tardía la apelación ejercida.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2015-000008
RADZ/GCMM/mpgn