REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º
Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso para la presentación de informes a que se refiere el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se da inicio al lapso para dictar sentencia en el asunto de marras, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 ejusdem, a partir de la presente fecha inclusive.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2012-000026
RADZ/GCMM/ygrr