REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 156º

Vista la sentencia Nº PJ0102015000031 dictada en fecha 19 de febrero de 2015 por este Juzgado, mediante el cual declaró EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL y ordenó notificar a las partes sobre la referida decisión, se advierte que a los fines de cumplir con la notificación de la ciudadana DILIA ROSA BLANCO HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 7.298.100), este Tribunal el 17 de octubre de de 2012 ordenó la notificación de la mencionada ciudadana a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Órgano Jurisdiccional, por cuanto la ciudadana no vive en la Calle San Miguel Nº 22, San Juan de los Morros del estado Guárico, por tanto, se libra notificación en la cartelera de este Juzgado. Líbrese boleta y oficio respectivo.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JE41-G-1994-000001
RADZ/GCMM /ojgj