REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 156º


De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 04 de mayo de 2011 dictó sentencia mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados Giselle CHEDIAK y Ricardo BUZNEGO (INPREABOGADOS Nros 125.956 y 125.924), apoderados judiciales del ciudadano ALCIDES RAFAEL BRUSES (Cédula de Identidad Nº 11.632.945), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO), no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME; no quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de doscientos diecisiete (217) folios útiles y dos cuadernos separados el primero de antecedentes administrativos constante de treinta y tres (33) folios y el segundo de el procedimiento disciplinario conformado por ciento cuarenta y uno (141) folios.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JE41-G-2008-000057
RADZ/GCMM/ojgj