REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinticinco (25) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 156º
De la revisión de las actas que conforman el expediente, este Juzgado Superior, advierte que contra la decisión Nº 2012-000122 dictada en fecha 07 de noviembre de 2012 en la presente querella funcionarial no se interpuso recurso alguno, por tanto se declara DEFINITIVAMENTE FIRME; no quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza de ciento setenta (170) folios útiles y una (1) pieza de antecedentes administrativos constante de ciento noventa y uno (191) folios.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2001-000035
RADZ/GCMM/ygrr