REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º
Visto que en fecha 30 de enero de 2015 la abogada Belkis FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267), actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte querellante, consignó mediante diligencia los fotostatos necesarios para cumplir con las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 09 de diciembre de 2014, que ordenó reponer la causa al estado de notificar de la admisión a los ciudadanos Gobernador del estado Guárico, Procurador General de la República y Tesorería de Seguridad Social. Este Juzgado advierte, que en fecha 20 de octubre de 2014 constó en autos la notificación de la admisión del presente asunto, dirigida a los ciudadanos Gobernador del estado Guárico y Procurador General del referido estado, el 18 de diciembre de ese mismo año constó en autos la notificación del Procurador General del estado Guárico del referido auto que repuso la causa, por tanto, se libran los oficios correspondientes a los ciudadanos GOBERNADOR DEL ESTADO GUÁRICO, PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA y TESORERÍA DE SEGURIDAD SOCIAL.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000082
RADZ/GCMM/ojgj