En fecha 12 de Enero del año 2015, los ciudadanos: ALVAREZ MUÑOZ ROBERTO ANTONIO y MORENO GARCIA MAYERLING COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre si, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.785.429 y V- 9.889.795, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado LARRY ALEXANDER RIVAS HERNANDEZ , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 194.895, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO

En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.