REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.
San Juan de los Morros, 20 de Febrero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2009-005634
ASUNTO : JP01-P-2009-005634
JUEZ: ABOG. DETMAN MIRABAL ARISMENDI
SECRETARIA: ABOG. MARIA ELENA HERNANDEZ
PENADO : RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES, titular de la cédula de identidad Nº v-18.597.180
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSA PUBLICA PENAL: 05 ABOG DANIEL MONTANI VILORIA
DECISION: ENVIAR COPIAS CERTIFICADAS AL CENTRO
DE LA SOLICITUD
Visto el Oficio Nº 1315-14 MPPSP/CRSJARG procedente del CRS “ Dr Jose Alfredo Rodríguez González “ , suscrito por la Directora Liliana Cornejo y la Delegada de Prueba Tec. Jeniree Hernández, en donde le solicitan a este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del circuito Judicial Penal del Estado Guárico lo siguiente : …(omissis) …” Me dirijo a usted …(omissis) y a la vez RATIFICARLE la solicitud de Revocatoria de Fecha 26/04/2013, del penado SOTOMAYOR REYES, RAFAEL, titilar de la cédula de identidad Nº V-18.597.180, quien el día 11/04/2012, el digno Tribunal que usted preside, le otorgó Fórmula alternativa de cumplimiento de Pena( Régimen Abierto ), para ser cumplida en este centro de residencia supervisada, y desde el 28/09/2012, no se ha presentado a esta unidad operativa, y las diligencias que han llevado a cabo para localizarlo físicamente han resultado infructuosas…(omissis)…”
DE LAS RAZONES DE HECHO Y DERECHO DEL TRIBUNAL Vista la solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros, al realizar una revisión exhaustiva del asunto penal Nº JP01-P-2009-005634 haciendo este Tribunal constancia en fecha 01 de noviembre de 2012 se decidió Revocarle la medida alternativa de cumplimiento de pena la penado SOTOMAYOR REYES, RAFAEL, titilar de la cédula de identidad Nº V-18.597.180 ( decisión que riela desde el folio doscientos cuatro ( 204) al folio doscientos siete (207) de la pieza Nº 3 del asunto penal )
En fecha 02 de Noviembre de 2012 se emite boleta de encarcelación Nº 004 al director del internado judicial “ los pinos” ubicado en San Juan de los Morros en contra del penado SOTOMAYOR REYES, RAFAEL, titilar de la cédula de identidad Nº V-18.597.180.
En fecha 2 de Noviembre de 2012 mediante oficio Nº 1272 se le notifica al director del centro de residencia supervisada “ Dr Luís Martínez González” , Ocumare del Tuy, estado miranda , calle sucre, quinta José Gregorio, frente a la Cruz del Calvario
En fecha 2 de noviembre de 2012 mediante oficio Nº 1273 se le participa al Jefe de la división de captura del cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que este Tribunal Primero de Ejecución en fecha 1 de noviembre de 2012 ordenó la captura del penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587.180
En fecha 05 de Junio de 2013 este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico- Sede S San Juan de Los Morros ratificó la medida de revocatoria del régimen abierto al penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587
En fecha 05 de junio de 2013 mediante oficio Nº 959 se le Notificó a la Dirección del Centro de Residencia Supervisada “ Dr Luís Martínez González” , Ocumare del Tuy, estado Miranda , calle sucre, quinta José Gregorio, frente a la Cruz del Calvario de la Ratificación de la Medida
En fecha 30 de julio de 2013 mediante oficio Nº 1233/13 dirigido a la Dirección del Centro de Residencia Supervisada “ Dr Luís Martínez González” , Ocumare del Tuy, estado Miranda , calle sucre, quinta José Gregorio, frente a la Cruz del Calvario, se ratificó el oficio Nº 1272 de fecha 12-11-2012 mediante el cual reza lo siguiente: “ Me dirijo a usted, en al oportunidad de remitirle anexo a la presente copia certificad de la decisión publicada por este tribunal en fecha 01/11/2012, relacionada con el Penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES “
En fecha 30 de julio de 2013 por oficio Nº 1234/13 dirigido al Jefe de la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se ratificó oficio Nº 1273 de fecha 02-11-2012 en donde se ordenó la Captura del penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587.180
En fecha 30 de Agosto de 2013 por decisión de esa misma fecha este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros ratificó nuevamente la revocatoria del Régimen Abierto al penado del Centro de Residencia Supervisada “ Dr Luís Martínez González” , Ocumare del Tuy, estado Miranda , calle sucre, quinta José Gregorio, frente a la Cruz del Calvario, Notificando de esta nueva decisión el día 3 de Septiembre de 2013 mediante oficio Nº 1454-13 al Jefe de la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas
En fecha 3 de Septiembre de 2013 mediante oficio Nº 1456-13 se le se le envió copia certificad de la decisión de Revocatoria del régimen abierto a la Dirección del Centro de Residencia Supervisada “ Dr Luís Martínez González” , Ocumare del Tuy, estado Miranda , calle sucre, quinta José Gregorio, frente a la Cruz del Calvario,
En fecha 3 de Septiembre de 2013 se emite Boleta de encarcelación Nº 008-13 con contra del penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587. 180
En fecha 11 de febrero de 2014 este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico- Sede S San Juan de Los Morros ratificó nuevamente la revocatoria del régimen abierto Otorgado al penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587. 180 .
En fecha 13 de Febrero de 2014 se emite boleta de Encarcelación Nº 063 al director del internado Judicial “ los Pinos” en san Juan de los Morros en contra del penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587.180
En fecha 13 de Febrero de 2013 mediante oficio Nº 1E-344-14 dirigido al Jefe de la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas se ratificó Orden de captura del penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587.180
Así las cosas, quien aquí decide hace constancia que el penado RAFAEL EDUARDO SOTOMAYOR REYES; titular de la cédula de identidad Nº 18.587.180, se encuentra evadido y este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros ha ratificado en diversas fechas la revocatoria de la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena en la Modalidad de Régimen Abierto, en razón de ello se Decide Enviarle Copia certificada de la decisión de la Medida de Revocatoria del día 01 de noviembre de 2012 en contra del penado SOTOMAYOR REYES, RAFAEL, titilar de la cédula de identidad Nº V-18.597.180 ( decisión que riela desde el folio doscientos cuatro ( 204) al folio doscientos siete (207) de la pieza Nº 3 del asunto penal ) a la Directora del CRS “ Dr José Alfredo Rodríguez González “ ubicado en el Sector Plaza Páez, detrás del Colegio Teresa Bolívar- Charavalle- Estado Miranda, y de la Presente Decisión tomada este mismo día. Así se Decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: ENVIAR COPIA CERTIFICADA de la Decisión del día 01 de noviembre de 2012 en donde se le Revocó la Medida Alternativa de Cumplimiento de pena en la Modalidad de Régimen Abierto al penado SOTOMAYOR REYES, RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V-18.597.180 a la Directora del CRS “ Dr José Alfredo Rodríguez González “ ubicado en el Sector Plaza Páez, detrás del Colegio Teresa Bolívar- Charavalle- Estado Miranda, y de la Presente Decisión efectuada este mismo día. Así se Decide.
Ofíciese lo conducente. Envíese las copias certificadas. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
ABOG. DETMAN MIRABAL ARISMENDI
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA HELENA HERNANDEZ