REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

Valle de la Pascua, 23 de Febrero de 2015
204° y 155°

Visto el DESISTIMIENTO, del Procedimiento efectuado por el ciudadano Abogado JOSE LISANDRO SISO ABREU, en su carácter de co-apoderado judicial del BANCO NACIONAL DE CREDITO C.A., BANCO UNIVERSAL, demandante de autos; y por cuanto el mismo no es contrario a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en ejercicio de su competencia Agraria, dá por consumado dicho DESISTIMIENTO y se acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así mismo solicitó la devolución de los documentos originales que cursan a los folios 11 al 48 ambos inclusive, del Expediente Nº 2012-4345, se provee de conformidad.-En consecuencia, se ordena devolver los documentos originales solicitados.- En consecuencia, se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez,

ABG. JOSE LA CRUZ U.-

El Secretario Acc,

ABG. REILANDER R. JIMENEZ Q.

En ésta misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión, siendo las 2:00 de la tarde y se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente, constante la Primera pieza de Ciento cincuenta y Ocho (158) folios útiles y el Cuaderno de Medidas constante de Cincuenta y Siete (57) folios útiles.-Conste.-

El Secretario Acc,

ABG. REILANDER R. JIMENEZ Q.
Exp N° 2012-4345
JLACU/RRJQ/mms.