En fecha 29 de Enero del año 2015, los ciudadanos: MELVY ELIMAR GUTIERREZ RUIZ y FRANCISCO JOSE LOPEZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-11.121.465 y V-11.817.940 respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada ELERDA NAVAS DE PADRINO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 158.183, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones: