REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 8 de junio de 2015
205º y 156º
ASUNTO: AP11-V-2015-000708
Por recibido el presente expediente, proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, por remisión del Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio Nº 15-315, de fecha 14 de mayo de 2015, contentivo del juicio de DESALOJO, sigue la Sociedad Mercantil GRUPOINVERSOR C.A., contra el ciudadano ALEJANDRO LUIS PONTE PUIGBO constante de una (01) pieza principal constante de doscientos veinte ocho (228) folios útiles, este Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en el libro respectivo.
Seguidamente, vista la sentencia dictada en fecha 21 de abril de 2015, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil ,Mercantil, Transito y Bancario de esta misma Circunscripción, en la que declaró PROCEDENTE la solicitud del Recurso de Regulación de Competencia y se ordeno la devolución de los autos a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, razón por la cual el Juez del Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dando cumplimiento por lo ordenado en la sentencia anteriormente descrita declina su conocimiento en este Órgano Jurisdiccional. En consecuencia este Tribunal ACEPTA la competencia para conocer este asunto.-
EL JUEZ,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ
LA SECRETARIA,
Abg. SONIA CARRIZO ONTIVEROS
En esta misma fecha, siendo las ____________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.-
LA SECRETARIA,
ASUNTO: AP11-V-2015-000708
LEGS/SCO