REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 15 de junio de 2015.
205º y 156º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la demandada sociedad mercantil OMNIVISIÓN, C.A., domiciliada en esta ciudad de Caracas. Debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de agosto de 1980, bajo el número 26, Tomo 173-A-Pro., y/o en la persona de cualquiera de sus apoderados judiciales o de su Defensora Judicial MILAGROS AMARAL, abogada en ejercicio debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.394; que este Tribunal en fecha veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013), dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, en el expediente número 0108-12, de la nomenclatura llevada por este Tribunal (expediente antiguo número AH15-M-1999-000047, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue SONY CORPORATION OF AMÉRICA, contra OMNIVISIÓN C.A., ampliamente identificadas en autos. El referido cartel de notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/SR/08
Expediente Itinerante número: 0108-12
Expediente Antiguo número: AH15-M-1999-000047