REPUBLICA BOLIVARAIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
TUCUPIDO, 09 DE JUNIO DE 2015.-
204° Y 155°
Vista la proposición de Obligación de Manutención realizada por el ciudadano: EBRAHIN MIGUEL AGÜERO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.248.914, parte demandada en el presente juicio (EXP. Nº 1.517-2014), donde propuso la cantidad de QUINIENTOS (Bs. 500,00) mensual, es decir DOS MIL (Bs. 2000,00), así como también colaborar con los gastos de la época decembrina en un 50%, médicos y medicinas cuando lo amerite y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: OLGA DE JESUS GARCIA, quien actúa en representación de sus nietos (identificada en autos); El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, que la actora apertura cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario de esta localidad, la cual será movilizada y administrada por ella, sin la previa autorización de esta Instancia Judicial.-, La cantidad establecida deberá ser depositada por el demandado los cinco primeros días de cada mes y traer a los autos el recibo de depósito correspondiente en prueba de haber dado cumplimiento con dicho convenimiento.- Provéase lo conducente.-
La Jueza Provisoria;

Abg. Rosa Virginia Anzola Páez.-

La Secretaria Acc.;


Lic: Mildred Moreno Soler .-


Exp. Nº 1517-2014.-,
RVAP/MMS/alexandra.-